Por: Andrés Villota
Dolly Montoya fue designada como Rectora de la Universidad Nacional de Colombia en el año 2018, justo cuando acababa de cumplir 70 años de edad lo que la inhabilitaba para poder ocupar el cargo. Sin embargo, se pudo posesionar porque los leguleyos de turno dijeron que ella era profesora antes que rectora y que, por lo tanto, no le aplicaba esa Ley.
En Colombia, ser mayor de 70 años, inhabilita a cualquier ciudadano para ser nombrado, no elegido, como funcionario público, según la Ley 1821 del 30 de diciembre de 2016, que modifica la edad máxima de retiro forzoso para personas que desempeñan funciones públicas que antes era de 65 años.
Esta Ley aplica a los servidores públicos que prestan sus servicios en las ramas del poder público (Legislativa, Ejecutiva y Judicial), en los órganos autónomos e independientes (universidades, corporaciones autónomas, Banco de la República, Comisión Nacional del Servicio Civil), en los órganos de control (Contralorías, Procuraduría, Defensoría y Personerías), así como en las demás entidades o agencias públicas.
Igualmente, la señalada norma aplica a particulares que cumplen funciones públicas como notarios, curadores y miembros de las cámaras de comercio.
Por lo anterior, al Presidente electo, Gustavo Petro, se le podría caer el nombramiento de los ministros de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán por tener 80 años de edad; Agricultura, Cecilia López Montaño, por tener 79 años de edad; Cultura, Patricia Ariza, por tener 76 años de edad y Hacienda, José Antonio Ocampo, que cumple en diciembre del 2022, 70 años, la edad de retiro forzoso.