Por: Jair Peña Gómez
Colombia ha suscrito por lo menos once convenios internacionales en materia de ecología según información del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible:
• Convenio de Diversidad Biológica (CDB).
• Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación y la Sequía (UNCCD).
• Convenio de Basilea sobre el Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos.
• Convenio de Rotterdam Sobre consentimiento Informado Previo.
. Convenio de Estocolmo Sobre los Contaminantes Orgánicos Persistentes.
• Tratado de Cooperación Amazónica (TCA).
• Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC).
• Convenio de Cooperación para la Protección y el Desarrollo Sostenible de las Zonas Marinas y Costeras del Pacífico Nordeste.
• Convenio de Minamata sobre Mercurio.
• Comisión Ballenera Internacional (CBI).
• Conferencias Intergubernamental para la negociación de un instrumento jurídicamente vinculante bajo el Derecho del Mar (CONVEMAR) que regule la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en áreas más allá de las jurisdicciones nacionales (BBNJ).
Ahora, la amplia mayoría parlamentaria del presidente electo Gustavo Petro, aprobó en segundo debate el Acuerdo de Escazú que, grosso modo, es un tratado que deriva de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la ONU y consiste en una amalgama entre la protección ambiental y los derechos humanos.
Conforme con el texto del Acuerdo: «Desde un enfoque basado en los derechos, se reconocen principios democráticos fundamentales y se procura abordar uno de los desafíos más importantes de la región: el flagelo de la desigualdad y una cultura del privilegio profundamente arraigada». ¿El flagelo de la desigualdad y una cultura del privilegio profundamente arraigada? ¡Un momento!
Detrás de toda esa floritura hay un claro trasfondo ideológico: el neomarxismo y su revolución cultural. De entrada se habla de unas víctimas, los “desiguales” o, para entenderlo en la jerga gramsciana, los “subalternos”, y también de unos privilegiados por una cultura imperante.
Dice más adelante el prefacio del tratado que: «En ese sentido, en el Acuerdo se plasma el compromiso de incluir a aquellos que tradicionalmente han sido excluidos o marginados o han estado insuficientemente representados y de dar voz a quienes no la tienen, sin dejar a nadie atrás».
Claramente Escazú está pensado desde una orilla ideológica y traslada la antigua lucha de clases del marxismo ortodoxo, a una pugna menos material y más cultural: la del medio ambiente. Antes que un Acuerdo, Escazú es un manifiesto.
Adentrémonos un poco más en su contenido. El Artículo 7 de Escazú, que versa sobre la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales, en el numeral 2 declara que: «Cada Parte —cada Estado firmante— garantizará mecanismos de participación del público en los procesos de toma de decisiones, revisiones, reexaminaciones o actualizaciones relativos a proyectos y actividades, así como en otros procesos de autorizaciones ambientales que tengan o puedan tener un impacto significativo sobre el medio ambiente, incluyendo cuando puedan afectar la salud».
De esto se infiere que cualquier ciudadano u organización podría, eventualmente, oponerse a un proyecto o actividad productiva (llámese minería, agricultura, ganadería, etcétera) si considera que pone en riesgo el medio ambiente, más allá de que dicho proyecto o actividad se desarrolle en el territorio que habita o no. Verbigracia, si un Guajiro considera que una mina de oro en el Huila pone en riesgo los derechos ambientales, podría exigir que se paralicen las operaciones hasta que las autoridades gubernamentales le den respuesta a su querella.
Lo anteriormente mencionado guarda estrecha relación con el Artículo 8 (acceso a la justicia en asuntos ambientales), numeral 3, literal d: Para garantizar el derecho de acceso a la justicia en asuntos ambientales, cada Parte, considerando sus circunstancias, contará con: La posibilidad de disponer medidas cautelares y provisionales para, entre otros fines, prevenir, hacer cesar, mitigar o recomponer daños al medio ambiente. (Acuerdo de Escazú).
No pretendo hacer de este artículo una leguleyada pero evidentemente este tratado contempla instrumentos nocivos para la productividad y la competitividad del país. El asunto de la soberanía Distintas voces se han levantado en contra del proyecto, desde congresistas hasta dirigentes gremiales han denunciado que Escazú pone en riesgo la soberanía de Colombia al permitir la injerencia de tribunales internacionales en asuntos internos.
La senadora María Fernanda Cabal aseguró que “la soberanía de Colombia está en riesgo con Escazú porque, cuando fusiona derechos humanos con derechos ambientales, se activa la jurisdicción internacional”.
En esa misma línea se pronunció David Luna, senador de Cambio Radical, quien señaló que Escazú “es un Acuerdo que entrega la soberanía del país a un tribunal internacional sin haber resuelto los problemas internos.
Es un Acuerdo que no protege los líderes sociales y simplemente habla de principios, pero no hay medidas efectivas de protección”. ¿Son ciertos estos pronunciamientos?
La respuesta corta es sí. Por ejemplo, Escazú establece que, al surgir una controversia entre dos o más partes respecto a la interpretación o aplicación del Acuerdo, se debe someter la controversia a la Corte Internacional de Justicia y/o al arbitraje de conformidad con los procedimientos que la Conferencia de las Partes establezca.
Adicionalmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio su visto bueno a la adopción de Escazú y es de esperar que en el desarrollo de su actividad jurisdiccional tome en consideración las disposiciones del Acuerdo. (Quevedo, D; U. Externado).
¿Qué proyecto o actividad productiva prosperará en Colombia cuando cualquier persona, asociación u organización tiene la capacidad de detenerlo? Definitivamente Escazú rima con escasez.