Por: D´mar Córdoba S
El Estado Social de Derecho está concebido bajo el marco de normas que permitan la participación de la ciudadanía en los asuntos del Estado, en la igualdad ante la ley, en el reconocimiento a cada ciudadano de sus derechos y la obligación de sus deberes, pues por lo menos así queda establecido en el preámbulo de la Constitución Política y el capítulo primero sobre los principios y derechos fundamentales del artículo 11 al 41 de la Carta Política.
Cuando nos hablan de las comunidades indígenas todos tenemos la misma pregunta, ¿por qué las comunidades indígenas tienen más y mejores derechos que cualquier otro ciudadano? Acaso no dice la Constitución en su artículo 13, que “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin nunguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión opinión política o filosófica” Entonces porqué cada vez que quieren, grupos de indígenas bloquean la carretera Panamericana, ivanden fincas, queman maquinaria agricola y cultivan coca; ¿acaso este tipo de conductas no están tipificadas por el Código Penal Colombiano?
Pues bien, no es nuevo escuchar que un grupo de indígenas en el Cauca se toma una hacienda o finca, apelando al trillado cuento de que toda la tierra les pertenece por ser indígenas que habitaron Colombia antes de la conquista en 1492.
Dirán que los indígenas cultivan coca para mambear y no para producir pasta de coca; pero nos preguntamos si no es mucha coca para hacer té y masticar, tener sembradas de acuerdo con el Informe de Monitoreo de Territorios Afectados por Cultivos Ilícitos en Colombia (2019) de la ONU 14.022 hectáreas de coca.
Esto de los indígenas invadiendo fincas, haciendas y enormes extensiones de cultivos productivos, es según lo expresan siempre, en procura de la reivindicación de sus derechos a la tierra que reclaman desde hace 207 año por lo menos.
Quien quiera saber si tienen o no razón las comunidades indígenas en sus reclamos, deberá revisar con cuidado algunas cifras que presentaré sobre las tierras en poder de estas comunidades que aprendieron a reclamar derechos, pero no a cumplir con sus obligaciones.
De acuerdo con cifras entregadas por el DANE para el 2019, en Colombia había 770 resguardos indígenas que tienen en su poder la nada despreciable suma de 28,9 millones de hectáreas de tierra, ¿y qué producen?
El Censo Indígena del Dane de 2019 reveló que son una población de 1,9 millones de personas que se identifican como tal. Si tomamos las hectáreas de tierra que tienen en su poder y que son usadas para la contemplación en su mayoría, encontramos que los indígenas tienen en promedio 15,1 hectáreas por cada uno de ellos; una cifra que está muy por encima de lo que tiene en promedio cualquier otro colombiano, que llega a 1,8 hectáreas.
Publicaciones en medios revelan que “entre el 2015 y el 30 de junio del 2019, el Gobierno giró –a través del Ministerio del Interior– más de $1,04 billones del Sistema General de Participaciones para invertir en los resguardos indígenas que hay en 29 departamentos del país” diario El Tiempo.
Los pueblos indígenas reciben recursos no solamente producto de nuestros impuestos que son repartidos por los entes territoriales, sino que algunas organizaciones internacionales como Open Society organización fundada por George Soros, desde donde se donaron para la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) US 100.000 dólares.
Pero lo que más llama la atención es que para exigir derechos y transferencias, los indígenas hacen valer sus derechos incluso acudiendo vías de hecho, pero para respetar la constitución y la ley se arropan en su dialecto, color de piel y costumbres.
No se puede hablar de Estado Social de Derecho, donde por ser indígena se tienen más y mejores derechos, eso sencillamente es un contrasentido.