Por: Fernando Torres Mejía
“ No todos los actos de corrupción se pueden tipificar como delitos”: Margarita Cabello, Procuradora, en entrevista en Bluradio 21/06/2021
Si la señora Cabello dice esto, que esperanzas tenemos los colombianos para lograr combatir y reducir el flagelo de la corrupción, que es el principal problema de nuestro país, por encima del narcotráfico y la misma guerrilla?
La Procuraduría General de la Nación es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el máximo organismo del Ministerio Público, conformado además por la Defensoría del Pueblo y las personerías, con mas de 4 mil servidores, y un presupuesto para el 2021 de:
PROCURADURIA
Total funcionamiento $791.737.000.000
Total inversión nivel central $102.079.036.923
Sub- Total $893.816.036.923
DEFENSORIA DEL PUEBLO $649.994.000.000
Gran Total $1.543.810.036.923
En este “pequeñísimo” no se incluye la nueva reforma a la Procuraduría, que creara nuevos empleos en la Defensoría del Pueblo, que tendra con una oficina permanente en cada municipio, hágame el favor
Entre las funciones de la Procuraduría, esta la de velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas en la Constitución y la Ley a servidores públicos través de sus tres funciones misionales principales:
La función preventiva
“Prevenir antes que sancionar”, vigilar el actuar de los servidores publicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio, sin que ello implique coadministración o intromisión en la gestión de las entidades estatales.
La función de intervención
interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de policía.
La función disciplinaria
es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias que se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del Estado.
Ahora bien si los conceptos que emite la procuraduría, violan los principios de igualdad y los mismos no son obligatorios, sumado a que las faltas graves son investigadas por la fiscalía general de la nación y si a esto le sumamos lo que se menciono al inicio de esta columna, entonces para que sirve la procuraduría? .Ah claro, la señora Cabello defiende a capa y espada su cargo al igual que lo haría cualquier persona en su lugar, argumentando “que esta institución fue creada por la Constitución del 91 y que eliminarla, iría en contra de los principios democráticos y su carta magna”, a lo que me pregunto, es que estos constituyentes no son seres humanos y no se equivocan? o es que ahora resultaron ser infalibles
Sumado a lo anterior se creara una sala con más “poderes” para revisar y fallar los procesos que la misma procuraduría a considerado que no proceden, pero además si al final en esta sala se falla en contra del sindicado, este podrá ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, logrando su absolución y así seguiremos hasta tanto Colombia continue haciendo parte de este organismo que ya demostró que solo brinda protección a los corruptos, de hecho algunos países han preferido retirarse de este organismo, entonces en conclusión, me pregunto, PARA QUE SIRVE LA PROCURADURIA?