Por Luis Manuel Ramos Perdomo
Acudir a la “Desobediencia Civil” para “constreñir” y “extorsionar” al próximo Presidente de los Colombianos, es otro gran error del perdedor de la contienda electoral y pone en evidencia dos cosas: la primera, que su “talante” democrático quedó limitado a los discursos que leía y la segunda, que está muy mal asesorado.
Semejante declaración trasiega peligrosamente los terrenos del Derecho Penal de dos jurisdicciones.
Fiel exponente de la “Ley del Embudo”, guardó silencio y ningún reparo presentó frente a la doble nacionalidad de su amigo, aliado y líder Gustavo Petro, entre otras razones porque Constitucional y Legalmente no lo tiene, pero lanza en ristre, sin ser propiamente un Caballero, ataca a Abelardo De la Espriella, básicamente con un claro sesgo antiamericanista con la tradicional narrativa anacrónica (perorata) del comunismo o socialismo latinoamericano.
Ninguna ilegalidad o ilegitimidad reviste la posesión del Presidente Abelardo De la Espriella Otero y el tajante anuncio según el cual, debe cesar toda persecución contra Gustavo Petro y se desista de cualquier intento de extraditarlo, es una extorsiva falacia.
Por supuesto, el que las usa o las hace se las imagina y él, un verdadero experto en persecuciones Presidenciales, proyecta su propia conducta en otros, al punto de pensar que los demás actúan igual, argumento y razonamiento erróneos, rechazables fácilmente.
La mayoría de los Colombianos elegimos como Presidente a De la Espriella y Vicepresidente a Restrepo, justamente por ser diferentes a Cepeda y Quilcué.
Son varias las investigaciones penales que se adelantan en Colombia en contra de Gustavo Francisco Petro Urrego y hasta donde se conoce, según información pública disponible, existen cuando menos dos investigaciones criminales federales en los Estados Unidos, al margen de las que se adelantaron para su designación en como SDN en una de las Listas Prohibitivas administradas por OFAC (Lista Clintón) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.
En lo que a Colombia respecta, bien vale recordarle al desobediente subcampeón de las elecciones que, la independencia y autonomía de las Ramas del Poder Público y, que el ejercicio de las funciones judiciales está reservado a autoridades que no hacen parte del Gobierno (Ejecutivo), las cuales se ejercen con respeto a las garantías y derechos, dentro de las que se destacan el Debido Proceso, el Derecho de Defensa y la Presunción de Inocencia.
La única Entidad que parece no tenerlo claro es la JEP, una Corte de Justicia, cuyo Presidente, anda reclamando “empalme” con el nuevo Gobierno.
Lo que en el anterior contexto debe investigarse es si, la Paz Total del gobierno Petro, que tuvo en Iván Cepeda a uno de sus “arquitectos”, correspondió realmente al cumplimiento de una política pública para buscar esa anhelada paz estable y duradera o si, por el contrario, correspondió a un entramado de complicidades tendientes a favorecer intereses de las organizaciones criminales y grupos terroristas, involucrando además un proceso de legitimación de capitales o lavado activos.
En mi opinión es más lo segundo que lo primero y además de los datos (que matan relatos), hay información pública que así permite pensarlo.
El famoso “Pacto de La Picota” fue una realidad y aquellos a quienes se les vendió la idea de que podrían ser beneficiarios y comprar la impunidad han empezado a colaborar con la justicia y divulgar el papel del hermano del Presidente, Juan Fernando Petro y su Comisionado de Paz Danilo Rueda. El esfuerzo de Roy Barreras para controlar la explosión, fue en vano.
Los audios revelados recientemente por Noticias Caracol sobre lo que el gobierno denominó el Juego de los Congelados, correspondiendo realmente al incumplimiento de las funciones constitucionales y legales de las autoridades, unido las que hiciera Noticias RCN sobre los privilegios con los que el Gobierno rodeo a la Guerrilla de las FARC, permiten ratificar mi opinión.
Las declaraciones del General Sanabria, ex director de la Policía Nacional, sobre las ordenes impartidas por la otrora poderosa Laura Sarabia, quien acaba de renunciar a su puesto-castigo como Embajadora de Colombia ante el Reino Unido, no dejan duda. Siendo necesario evocar, para no olvidar y nunca más repetir, el indignante episodio del secuestro masivo de policías en el Caquetá pone parte de grupos paramilitares autodenominados Guardia Campesina e Indígena, al que el gobierno nacional consideró un “cerco humanitario”.
No menos importante resulta ser que una de las personas más importantes y poderosas del Gobierno Petro, terminó siendo una “Joven Rebelde” que falsificó diplomas para acreditar tener educación y quien, según lo declarado por la propia Directora del Departamento Administrativo de la Presidencia, se ufanaba de sus vínculos con el ELN y los utilizaba para ejercer presión.
Buena parte de los grupos y organizaciones beneficiadas por los acuerdos y concesiones del gobierno Petro, son consideradas Organizaciones Terroristas Extranjeras por los Estados Unidos.
El Gobierno del Presidente Trump expidió en mayo del presente año la Estrategia Nacional de Control de Drogas 2026, uno de cuyos pilares es la lucha contra las organizaciones criminales extranjeras y las amenazas terroristas extranjeras.
Analizada la declaración de Cepeda Castro, queda claro que la verdadera motivación no es otra que el exigir el eventual incumplimiento de los compromisos adquiridos por Colombia en materia de extradición, lucha contra el narcotráfico y la corrupción entre otros, lo cual puede constituir, en ese contexto, obstrucción a la justicia.
Entre Colombia y Estados Unidos de América existe un Tratado de Extradición Vigente, el cual no resulta aplicable en el derecho interno, por lo que el procedimiento de extradición se rige por las reglas establecidas en el Código de Procedimiento Penal. Se trata de un trámite mixto por comportar etapas de naturaleza administrativa y judicial, en el que intervienen la Fiscalía General de la Nación, los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la Procuraduría General de la Nación y el Gobierno Nacional.
La extradición puede ser solicitada, concedida y ofrecida.
La oposición es un derecho, mientras que la desobediencia civil es un hecho, que se rodean de garantías en tanto y cuanto se ejerzan en el marco de la legalidad, pero pretender constreñir, extorsionar, encubrir u obstruir en su nombre las lleva a perder toda legalidad, legitimidad y protección, en especial cuando sus manifestaciones y motivaciones coinciden con los elementos estructurales de algunas formas de coparticipación criminal o se adentran en las profundidades de cierta clase de conspiración.
