Por: El Expediente
5 de septiembre de 2025
Una investigación de El Expediente revela que la jueza Sandra Liliana Heredia, quien condenó al expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos, no estaba habilitada para ejercer como Jueza de la República, lo que podría invalidar su fallo.
Documentos del Consejo Superior de la Judicatura confirman que Heredia reprobó los concursos de méritos en 2013, 2018 y 2022, incumpliendo los requisitos de la Ley 270 de 1996 (Arts. 164, 165) para integrar la lista de elegibles.
Su nombramiento provisional en 2016, sujeto a un límite de seis meses (Art. 132), se extendió irregularmente, comprometiendo la legitimidad de la sentencia.
Heredia, tras aprobar un examen para secretaria de juzgado en Ibagué en 2016, solicitó una reclasificación para actuar como jueza provisional. Sin embargo, al no superar los concursos de méritos, carecía de las credenciales legales para emitir fallos.
Fuentes de El Expediente indican que Heredia, oriunda del Tolima al igual que el exfiscal general y actual ministro de Justicia Eduardo Montealegre, fue designada durante su gestión como fiscal y asumió el caso de Uribe tras declararse Montealegre víctima, lo que plantea preguntas sobre la asignación del proceso.
La Ley 270 de 1996 exige aprobar un concurso de méritos para integrar la lista de elegibles, requisito indispensable incluso para nombramientos provisionales (Arts. 164, 165). Heredia no cumplió esta condición. Su provisionalidad en 2016, limitada a seis meses por el Art. 132, excedió el plazo legal, y la Ley 2430 de 2024, que eliminó dicho límite, no tiene efectos retroactivos para sanear nombramientos previos.
La Constitución (Arts. 121, 122) prohíbe ejercer funciones sin cumplir requisitos legales, y la Corte Interamericana de Derechos Humanos advierte que jueces provisionales carecen de garantías de independencia, afectando la imparcialidad.
Criterios que minimizan esta irregularidad, argumentando que la provisionalidad exime del mérito o que la práctica es común, legitiman una justicia sin sustento legal.
Aceptar un fallo de una jueza sin credenciales equivale a convalidar un sistema basado en favores, no en méritos, dejando la sentencia de Uribe sobre una base jurídicamente inestable.
Esta irregularidad podría anular el fallo contra Uribe, al originarse en un nombramiento ilegítimo. Normalizarla compromete los principios de independencia judicial y debilita la Rama Judicial.
El Expediente continuará investigando quién designó a Heredia y por qué asumió un caso de tal magnitud sin cumplir con el lleno de los requisitos de ley.




