Por: Gustavo Rugeles
El Fiscal General Néstor Humberto Martínez se opuso rotundamente a varios puntos incluidos en el proyecto de la Justicia Especial para la Paz (JEP) diseñada por los asesores del gobierno y las Farc, los abogados Yesid Reyes, Manuel José Cepeda, Álvaro Leyva y Enrique Santiago y que se está aprobando a pupitrazo limpio en el Congreso de la República.
Martínez plasmó sus observaciones en una comunicación enviada el pasado 17 de enero al Presidente de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, Telesforo Pedraza. En el oficio, hace observaciones que giran en torno a los limites y competencias de la JEP frente a la justicia ordinaria, los terceros involucrados directa o indirectamente en el conflicto, la revisión de sentencias que ya están en firme y, especialmente sobre el fuero de los expresidentes de la República que podrían terminar bajo las jurisdicción del nuevo tribunal acordado con las Farc, lease Álvaro Uribe.
Después de varios meses y ante la oposición de Cambio Radical y del Centro Democrático el gobierno convocó al Fiscal a reunirse con el el Ministro del Interior Guillermo Rivera y con el ponente del proyecto, el Representante Hernán Penagos. La reunión tuvo lugar hoy en el Palacio de Nariño y como resultado el gobierno acogió algunas de las preocupaciones del Fiscal, salvo lo relacionado con el fuero de los expresidentes.
El Fiscal Martínez celebró que el gobierno se comprometiera a hacer cambios en algunos aspectos: los reincidentes y desertores de las Farc perderán todos los beneficios de la justicia especial para la paz y sus delitos serán competencia de la justicia ordinaria; también perderán todos los beneficios de la JEP los testaferros de las Farc; el delito de narcotráfico también será competencia de la justicia ordinaria siempre y cuando se siga cometiendo con posterioridad a la fecha del 1 de diciembre de 2016.
Sin embargo en su pronunciamiento el Fiscal no hizo ninguna referencia al numeral 2 de su comunicación del pasado mes de enero en el que manifestó su preocupación frente al fuero presidencial en la que pidió claridad para ‘evitar equívocos posteriores acerca del verdadero alcance de la norma’.
El articulo 61 de la ley estatutaria establece que la JEP tomaría competencia sobre los casos en que la anterior Ley de Justicia y paz haya realizado compulsa de copias como ocurre con el ex gobernador de Antioquia y expresidente Álvaro Uribe y con más de 50 empresarios que han sido objeto de compulsa de copias por parte de Justicia y paz.
Ver: Álvaro Uribe y 50 empresarios serían los primeros en ser juzgados por la JEP
El articulo transitorio numero 5 en su parágrafo 1 establece que »La Jurisdicción Especial para la Paz no modificará las normas vigentes aplicables a las personas que hayan ejercido la Presidencia de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 174 de la Constitución Política de Colombia. En caso de que ante la JEP obre una información que comprometa a una persona que haya ejercido la Presidencia de la República, dicha información se remitirá a la Cámara de Representantes para lo de su competencia, remisión que se efectuará en el momento que se considere adecuado por la JEP, después de haber realizado las verificaciones pertinentes’.
Esto quiere decir que las personas que hayan ejercido la Presidencia de la República conservan su fuero ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara por hechos relacionados con su periodo presidencial pero no por acusaciones que se les hayan imputado durante los periodos previos o posteriores a su ejercicio como Presidentes de la República.
Álvaro Uribe fue objeto de una compulsa de copias por parte de Justicia y Paz que lo acusó de haber favorecido a las Convivr en Antioquia que derivaron en la conformación de grupos paramilitares, lo cual claramente lo dejaría bajo la competencia de la Justicia Especial para la paz JEP, un punto en el que el Fiscal Martínez no pudo hacer ceder al gobierno de Juan Manuel Santos.
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