Por: El Expediente
El abogado William de Jesús Soto Angarita, de la firma Defensa & Justicia Abogados, presentó un recurso ante la Sección Quinta del Consejo de Estado para solicitar la inadmisión de la demanda que pretende anular la elección de Abelardo Gabriel de la Espriella Otero como presidente de la República para el período 2026-2030.
Actuando como miembro del movimiento ciudadano Defensores de la Patria, Soto intervino como coadyuvante amparado en el artículo 228 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Su objetivo legal es defender la presunción de legalidad del acto electoral y desvirtuar de plano la acción promovida por Luis Guillermo Pérez Casas.
En el documento radicado ante el alto tribunal, el jurista expone que la demanda de nulidad carece de sustento probatorio y se sostiene únicamente sobre «valoraciones políticas, afirmaciones subjetivas, hipótesis sin fundamento, genéricas y conclusiones anticipadas». Soto argumenta que los demandantes fallan en precisar las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los supuestos vicios electorales. Específicamente, señala que la acción no identifica zonas, puestos, mesas de votación, ni formularios electorales concretos donde habría ocurrido un presunto fraude.
Uno de los puntos centrales de la argumentación de Soto es desmontar la tesis sobre la doble nacionalidad del presidente electo. El abogado le recuerda al Consejo de Estado que el Consejo Nacional Electoral (CNE), mediante la Resolución No. 2990 del 17 de junio de 2026, ya zanjó este debate. La defensa reitera que la adquisición de la ciudadanía estadounidense no configura una inhabilidad, pues De la Espriella está protegido por la excepción constitucional del artículo 179 al ser colombiano por nacimiento.
Soto también desvirtúa los señalamientos de la demanda referidos al apoyo público del presidente de Estados Unidos, Donald Trump. El recurso explica que el respaldo de un mandatario extranjero es parte del debate político internacional y no demuestra coacción, sabotaje o corrupción del sufragante en Colombia. Además, el abogado aclara que obtener la victoria por un «margen muy estrecho» no constituye ninguna irregularidad jurídica ni debilita la presunción de legalidad de la elección.
Con esta intervención, el abogado William Soto expone las deficiencias técnicas de la demanda, comparándolas con acciones fallidas del pasado, como la interpuesta contra Gustavo Petro en 2022. El documento concluye solicitando al Consejo de Estado la inadmisión de la demanda, argumentando que el control judicial no está diseñado para reabrir debates políticos concluidos en las urnas mediante formatos de coadyuvancia digitales que omiten las cargas probatorias exigidas por la ley.
