Por: Julian Quintana
Afirmar que la cadena perpetua para violadores de niños, no mitigará este abominable delito no será lo más popular en este momento, pero me parece sensato y necesario advertir su inconveniencia para nuestra estructura jurídica, con el fin de que la política criminal del Estado Colombiano, logre identificar el factor que realmente origina la ejecución de este grave delito.
Una de las conquistas más importantes del derecho penal después de la inquisición, fue la humanización de las penas, es decir el reconocimiento de la dignidad humana en el delincuente. Precisamente el origen del derecho penal (en época del iluminismo) se acentuó en la proporcionalidad del castigo, pues nos reconocemos como una sociedad civilizada basada en los derechos humanos. Por los tanto, la pena no se puede convertir en una venganza estatal.
El precio de la modernidad conlleva a ver a la sociedad de una forma diferente, y no regresar a la teoría de antaño que proclamaba las penas severas, ya que empíricamente jamás se ha podido probar que la cadena perpetua disuada al criminal, no hay que presumir ingenuidad en este tema, sencillamente el delincuente es consiente del riguroso castigo que puede enfrentar y a pesar de ello decide cometer el delito. Si realmente esta tuviera los efectos que hoy le abrogan en Colombia, en otros países -como Estados Unidos- que contemplan la cadena perpetua e incluso la pena de muerte, no existirían violadores, expectativa que en mi opinión es imposible alcanzar por medio de estas sanciones.
¿De qué sirve el derecho penal cuando el daño está hecho? Este siempre llega tarde a proteger los bienes jurídicos, y no podemos desconocer que un padre de familia o las inocentes víctimas, hubieran preferido la no ocurrencia del atroz crimen, concibiéndose a la cadena perpetua como un parco e indiferente premio de consolación por el daño causado, el cual -con las medidas de prevención adecuadas— posiblemente se hubiera podido evitar. Lo que desea la sociedad colombiana es que no se repitan casos tan detestables como los de Luis Alfredo Garavito, Rafael Uribe Noguera y recientemente el presunto caso del violador de niños en Medellín entre otros.
Considero que un adecuado diagnóstico de este fenómeno criminal, atado a drásticas medidas de prevención, son el camino correcto, pues poco han ayudado en la historia del mundo las penas rigurosas. Debemos crear un sistema de prevención que identifique de forma temprana los posibles casos de abuso sexual de menores, como las alertas en jardines, colegios y universidades; la consolidación de procesos de selección del personal que interactúa con los niños; cátedras de alarmas tempranas para enseñarles a los niños cuando deben reportar el trato inusual de un adulto; el seguimiento preventivo de personas sospechosas; la cultura de cuidado y vigilancia de los padres sobre sus hijos; la apertura de canales de denuncias; la creación del ministerio de protección de niños y adolescentes; la identificación y seguimiento de la población más vulnerable a este flagelo; entre otras medidas. Como bien lo dice el adagio popular, es mejor prevenir que lamentar.
Creo que este planteamiento puede llegar a ser importante exponerlo, teniendo en cuenta que muy seguramente la Corte Constitucional declarará la inexequibilidad de esta Ley por ser incompatible con los postulados liberales de la Constitución, lo que puede parecer —en principio- un mensaje negativo para la protección de nuestros niños, pero creo que ello no es así, pues es la oportunidad perfecta para replantear la ineficaz y lamentable política del populismo punitivo, y hacerle frente al problema con medidas preventivas que sí tengan la capacidad de mitigar estos delitos.