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En riesgo la Seguridad Nacional – Factura Electrónica y Nomina Electrónica

por El Expediente
marzo 19, 2021
en Opinión
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Por: Julio César Leal Duque

Mucho se ha hablado sobre los beneficios de la Factura Electrónica y ahora sobre la Nómina Electrónica. La verdad yo no le veo nada bueno y mucho menos que sirva para controlar la evasión, por el contrario creo que la fomenta. Pero bueno, hoy solamente quiero hablar de un problema del cual no se habla y que considero de suma importancia.

Ésta que es mi apreciación y considero que debe ser analizada de inmediato para que se tomen las medidas correspondientes por el Consejo Superior de Seguridad y Defensa Nacional.

Resulta que todas las transacciones del mercado reguladas por los artículos 615, 616-1, 616-2, 771-2 del Estatuto Tributario, Decreto Reglamentario 358 de 2020, Resolución DIAN 042 2020 y Resolución DIAN 013 de 2021 están quedando con serias vulnerabilidades que podrían ir en detrimento de la Seguridad Nacional.

Lo primero es que todas las compras del Estado y sobre todo las compras que hacen las Fuerzas Militares, están quedando en servidores de privados (proveedores autorizados por la DIAN para Facturar Electrónicamente), esa información aunque el Estatuto Tributario en algunos artículos exige que se deben cumplir con estándares de seguridad, desde mi punto de vista se está violando la Reserva Tributaria por cuanto la DIAN no puede delegar la custodia de la información tributaria, así sea que alguien administre bases de datos y mucho menos así sea de forma temporal mientras llega a los servidores de la misma DIAN. El problema según mi opinión no es que la DIAN la tenga, ni mucho menos, el problema es que privados tengan esa información y voy a ilustrar de la siguiente forma:

Supongamos que la firma “El Engaño SAS” que se dedica a vender paquetes de facturas electrónicas a cualquier agente del mercado y durante el año gravable 2020 prestó los servicios que le autorizó la DIAN, los servicios se los prestó a una empresa que tuvo contratos con las fuerzas militares, pues bien, a pesar que esas compras pasan directamente a la DIAN, también es cierto que quedan en los servidores de la firma “El Engaño SAS”. Ahora bien, ¿esa información se puede vender? ¿Que puede hacer esa firma con esa información? Supongamos que no pretende hacer nada, que la información permanece custodiada, las preguntas que siguen son:

¿En Colombia hay espionaje de otros países? La respuesta es si, de hecho se expulsaron varios Rusos y Venezolanos por ese motivo.

¿Las sociedades como “El Engaño SAS” son vulnerables a ataques informáticos de otros países? Creo que nunca de estas empresas puede garantizar que un hacker espía acceda a esa información si los estándares de protección de esos datos no tienen mínimamente los mismos estándares que tienen los servidores de la DIAN, generalmente son más bajos y valen millones de dólares. Así que yo veo que la posibilidad de que saquen las compras de las fuerzas militares por ese camino es muy probable.

¿Hay prohibición para que una empresa como “El Engaño SAS” sea vendida a un extranjero incluyendo la información que tiene en los servidores o es posible fusionar esa sociedad con una que tenga intereses extranjeros? Creo que no hay impedimento legal alguno, lo que permite que a través de la compra de una de esas sociedades un agente extranjero acceda a la información facturada a las fuerzas militares.

Esto sólo es el abre bocas, no el tapabocas, porque el tema se complica con la nómina electrónica. Resulta que con la Resolución 013 de febrero 11 de 2021 trae otro problemita más grande, y es que en el artículo 6 que reza con inspirado acento lo siguiente:

“…Artículo 6. Calendario de implementación del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica.(…)”

En el numeral 3 hay plazo para los no obligados a expedir factura (no obligados a facturar) hasta el 31 de marzo de 2022.

¿Será que las fuerzas militares y de policía quedaron obligados a hacer la dichosa (dichosa para los que hacen negocio con las nóminas electrónicas claro) nómina electrónica?

¿Será que nuestras agencias de inteligencia deben reportar a la DIAN mediante nómina electrónica la identidad de los agentes arriesgando la vida de nuestros héroes?

Estamos hilando muy delgadito con estas normas y no estamos midiendo las consecuencias y los problemas que nos pueden generar.

Este tema no es de menor importancia. Es un problema de seguridad nacional.

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